INGRESAR A UNA IGLESIA O MEZQUITA

PERMITIDO O PROHIBIDO

INGRESAR A UNA IGLESIA O MEZQUITA

El Rambam en su explicación de las Mishnayot de Ävodáh Zaráh [capitulo 1] trae basado en la mishná que está prácticamente prohibido mirar una casa de idolatría (donde se acostumbra practicar idolatría) y con mayor razón ingresar ahí, siendo estas palabras del Rambam traídas para la halajá por el Shaj [Yoréh Deähsiman 149] y otras de las autoridades halajicas contemporáneas ahí. 

Tosafot [Ävodáh Zaráh, 17b] trae de las palabras de la Guemará ahí, que se debe alejar lo más que se pueda incluso de la entrada de una casa de idolatría, trayéndolo para la halajá Maran Ha´Shuljan Aruj [Yoréh Deähsiman 150, seif 1], que es una mitzváh alejarse del camino donde se encuentra algo de idolatría por lo menos una distancia de 4 amot (2 metros). Por ende, una persona la cual camina cercano a una casa de idolatría, como por ejemplo una iglesia, debe alejarse de la entrada del lugar por lo menos 4 amot, dado que sabemos que una iglesia cristiana se considera una casa de idolatría - halajicamente hablando, ya que rezan a un intermediario creyebdo que hay otro ser todopoderoso fuera Del Creador, rezándole a un ser externo Al Creador y creyendo que tiene poderes de ser un ente superior al resto de los seres humanos, y con mayor razón que estaría prohibido ingresar dentro de un lugar como este.

Adicionalmente a la prohibición de ingresar a una casa de idolatría, escribió el Gaon Rabi Jaim Palachi en su Shut Jaim Ba´Yad [siman 26] que una persona la cual ingresa a una casa de idolatría, quiera o no, se le pega un espíritu impuro incluso si es que no ingresó con intención de pecar, sino que por el mero hecho de ingresar ahí, y esto aplica para cualquier persona de otro pueblo, y con mayor razón para una persona de Äm Israel, habiendo solo una forma de remover ese espíritu, que es a través de la Teshuváh (arrepentimiento) y la Caparáh (expiación) del pecado cometido.

Hace unos cuantos años, le llegó a una pregunta a Maran Rabenu Övadiah Yosef zt”l, respecto a una persona de Äm Israel quien se dedicaba a la instalación de aire acondicionado en construcciones, y resulta que había firmado un contrato gigante de instalación de cientos aires acondicionados en 5 lugares, de los cuales uno de ellos era una iglesia cristiana. Y su pregunta fue si acaso tenía que anular el contrato, a pesar de que eso significaría pagar una multa y tener que incurrir en una perdida monetaria, o había alguna otra opción para esto. Maran Rabenu Övadiah Yosef le contestó que no tenía que anular el contrato, siempre y cuando no sea él quien ingrese a instalar el aire acondicionado dentro de la iglesia, sino que traiga trabajadores de otro pueblo quienes puedan instalarlos, y agregó que no sea él quien los contrate, sino que contrate un trabajador de otro pueblo para que él le contrate los otros trabajadores que hagan el trabajo, y le dijo hacerlo así por unos cuantos motivos que no vamos a alargarnos a explicar acá.

De todas formas, esto es respecto a ingresar a una iglesia cristiana la cual se considera una casa de idolatría, pero respecto a una mezquita, según lo que trae el Rambam en una de sus respuestas, los musulmanes no se consideran idolatras, dado que ellos creen solamente en H´ Itbaraj y no en un ser todopoderoso fuera de Él, a pesar de que su libro incluye locuras de creencias y promesas falsas, igual así ellos siguen creyendo en que hay Un Solo Todopoderoso - que es Ha´Kadosh Baruj Hu, sin ningún mediador superior al ser humano entremedio, más allá de su profeta, y por ende no se considera idolatría. Esta es una de las razones por las cuales, durante el séptimo año del ciclo de la shemitáh, permitimos vender un terreno a una persona musulmán para hacer lo que se llama “Heter Mejiráh”, a pesar de que se prohíbe vender una parte de la tierra de Israel a una persona idolatra. Es decir, los musulmanes no se consideran idolatras y por ende está permitido halajicamente ingresar dentro de una mezquita. 

EN RESUMEN

Está prohibido ingresar a una casa de idolatría, y dentro de esta prohibición se encuentra una iglesia cristiana, o cualquier otro tipo de casa donde se practica idolatría, como por ejemplo lo que sucede en el oriente con le budismo. Sin embargo, respecto a ingresar a una mezquita, halajicamente no existe prohibición en hacerlo, sobre todo si es que la persona lo hace por motivos de rezo, como por ejemplo en la tumba de nuestros patriarcas que se encuentren en Maärat Ha´Majpeláh.