PARTE 2
HALAJOT HONOR HACIA LOS PADRES
LEYES SOBRE EL HONOR HACIA LOS PADRES
PARARSE FRENTE AL PADRE O LA MADRE
Debe el hijo o la hija pararse frente al padre [Shuljan Aruj, siman 240, seif 7] y también frente a la madre [Jayé Adam, regla 7, seif 7], y la forma de pararse es a través de lo que se llama “Meló Komató” (parada absoluta), es decir, pararse completamente del asiento - y no basta con hacer solamente un “hidur” (embellecimiento) a través de levantarse del asiento levemente – lo cual en algunos casos si basta con ello y se hace a través de que la persona muestra como si quisiera pararse pero se vuelve a sentar, levantándose un poco del asiento y luego volviéndose a sentar.
Por algún motivo, se ve que muchas personas no son meticulosas respecto a esta mitzváh como debe ser – y no se paran cuando el padre o la madre ingresan al cuarto donde se encuentran el hijo, pudiendo ser que debido al hecho de que no muchos se conducen así - paso a ser algo asumido que los padres y madres perdonan su honor sobre este comando [Teshuvot Ve´Hanhagot, tomo 3, siman 276; Gaon Rav Jaim Kanievsky], sin embargo, es sumamente apropiado hacer el máximo esfuerzo de ser meticuloso respecto a esto y que todo hijo o hija adopte la costumbre de pararse frente a su padre o su madre, y no tener vergüenza de comenzar a conducirse así, o por lo menos hacer un signo de “hidur” (embellecimiento) a través pararse un poco cuando el padre o la madre ingresen al cuarto donde se encuentra el hijo – parándose un poco del asiento y volviéndose a sentar, aunque esto no es la conducta ideal según la halajá.
Se debe educar a los pequeños para que realicen esta mitzváh. Para lograr esto, se lo puede hacer a través del ejemplo, mostrándoles cómo uno se para en frente de los padres, o a través de que el padre los motive a pararse frente a la madre, y la madre los motive a pararse frente al padre.
La obligación de pararse frente a los padres es desde el momento en que los ojos del hijo pueden ver al padre, lo cual se lo llama “Meló Ënav” – y son aproximadamente 128 metros de distancia según una de las opiniones, y según otra opinión son 160 metros de distancia, y es bueno ser severo respecto a esto por tratarse de una mitzváh de la Toráh. Esta obligación se aplica cada vez en que el padre o la madre ingresan al cuarto y el hijo los ve, incluso si es que sucede 100 veces en un día, siendo esta la opinión de Maran Ha´Shuljan Aruj [siman 242, seif 16], y esta ley se aplica incluso cuando el hijo se encuentra solo con él padre - sin que haya otras personas presentes, siendo está la costumbre de los Sefaradim. En cambio, los Ashkenazim opinan distinto. Hay quienes opinan que halajicamente se debe parar cada vez que el padre o la madre ingresan a la casa [Shaj, siman 242, seif katan 37], pero no cada vez que ingresa o sale de un cuarto dentro de la misma casa [Aruj Ha´Shuljan, seif 24], y por otro lado, hay quienes opinan de forma más indulgente, opinando que mientras el hijo se encuentre dentro de la casa, solamente requiere pararse dos veces al día por el padre y por la madre, una vez por la mañana y una vez por la tarde por cada uno de ellos [Rambam, Hiljot Talmud Toráh, capitulo 6, halajá 8], sin embargo, si es que se encuentran en frente de otras personas las cuales no saben que el hijo o la hija ya se pararon una vez frente al padre o la madre, en ese caso incluso según esta opinión se deben volver a parar aunque ya se hayan parado una vez en aquel día [Rama, siman 242, seif 16].
¿QUÉ SE CONSIDERA HONOR?
Dentro de la categoría de honor hacia el padre y la madre, se encuentra el darles de comer, darles de tomar, vestirlos, cubrirlos, ayudarlos a ingresar a un lugar o salir de un lugar, y que todo esto sea hecho con una buena cara, de tal forma que los padres no vayan a sentir que es una carga para el hijo brindarle el honor, dado que si es que el hijo entrega su honor con una mala cara – entonces envés de recibir un mérito por ello - recibirá un castigo [Shuljan Aruj, Yoré Deäh, siman 240, seif 4]. Todos estos ejemplos que están escritos, como darles de comer, cubrirlos, etc, son solamente ejemplos, pero en realidad vienen a enseñarnos que se aplica respecto a cualquier necesidad que tienen los padres y que el hijo pueda ayudarlos [Pesakim ve´Teshuvot, siman 240, seif 13].
Dentro de la categoría de darles de comer, se incluyen acciones como prepararles una comida cuando lo necesitan, o comprar comestibles cuando ellos no pueden comprarlos, o cuando piden del hijo que lo compre [Ran, Nedarim 38b], y obviamente que también darles de comer literalmente si es que Jas ve´Shalom no pueden alimentarse por sí solos.
ALGO QUE ES PELIGROSO PARA EL PADRE
Si es que el padre pide del hijo algo que los doctores dijeron que es un peligro para el padre y está claro que le va a afectar en la salud, a pesar de que no signifique un peligro de vida, el hijo no está obligado en dárselo - dado que no dárselo en realidad es hacerle el bien al padre [Leket Yosher, tomo 2, página 37; Aruj Ha´Shuljan, seif 41], pero si es que se trata de algo que no se lo prohibieron de forma explícita al padre, aunque se trate de algo que en general daña la salud, en ese caso el hijo si debe escuchar al padre [Gaon Rav Shelomó Elyashiv, Mevakshé Toráh, 20, página 151].
HONOR A TRAVÉS DEL PENSAMIENTO
Hay quienes dicen que dentro de la mitzváh de honrar a los padres, se incluye también honrarlos en el pensamiento, es decir, que el hijo o la hija vean a sus padres como personas importantes y honradas, por eso es bueno intentar siempre buscar en los padres buenas cualidades con las cuales sobresalen por sobre el resto de las personas, y de esta forma los padres se verán honrados frente a los ojos de los hijos, pudiendo el hijo honrarlo a través del pensamiento como debe ser [Gaon Rav Jaim Shmuelevitz, Sijat Musar,732, Maamar 29].
Esta demás decir, que por ningún motivo deben los hijos hablar mal de sus padres, pecado conocido como “Lashon Ha´Rä” (mala lengua), como por ejemplo en un caso donde el hijo tiene algún tipo de comentario o alegato frente a uno de los padres y lo comenta con su otro hermano, se debe tener mucho cuidado de que no se vaya a hablar algo denigrante sobre el padre o la madre, dado que en algunos casos se puede incurrir incluso en la prohibición de “Mekalel Aviv ve´Imó” (Maldecir al padre o a la madre) [Jafetz Jaim, apertura de Äsin, seif 10].
HONOR HACIA EL PADRE CON LO DEL PADRE
El honor hacia el padre y la madre es a través de las acciones que hace el hijo, pero si es que existe algún tipo de costo económico para realizar el honor de parte del hijo, halajicamente es el padre quien debe pagar esos costos - y no el hijo, obviamente si es que se trata de un caso en el cual el padre tiene dinero para hacerlo [Shuljan Aruj, siman 240, seif 5]. De todas formas, incluso en un caso en el cual el padre tiene dinero para financiar su petición, caso en el cual el hijo no está obligado en honrar a su padre con su propio dinero, si es que el hijo igual así lo honra con su propio dinero, estaría realizando la mitzváh de Kivud Av Va´Em con “hidur” (embellecimiento) [Shut Rabi Äkiva Iguer Kama, siman 68].
Si es que el padre no tiene dinero para sustentarse, y tampoco tiene bienes o una pensión, y el hijo si tiene una situación económica como para sustentar al padre, en ese caso el hijo estaría obligado de sustentar a su padre con su propio dinero [Shuljan Aruj, ahí], entrando esto dentro de la categoría de tzedaká (donaciones) [Rama, ahí].
PETICIÓN DEL PADRE RESPECTO A ALGO QUE TIENE QUE VER CON EL HIJO
Respecto a un caso en el cual el padre pide algo del hijo que no tiene que ver con el padre, sino que es netamente algo por el beneficio del hijo, se habló mucho de esto entre las autoridades halajicas sobre cuál es la ley, y traeremos unos ejemplos sobre los cuales hablaron las autoridades halajicas, sin embargo, en cada caso y caso es importar consultar con un rabino dado que existen muchos detalles pequeños en cada caso, y no se parece un caso con el otro.
Si es que el padre o la madre pidieron del hijo algo que tiene que ver con la vida cotidiana del hijo, de tal forma que si es que les hace caso se le va a generar una gran aflicción al hijo, como por ejemplo dejar pasar un shiduj con el cual se quiere casar [Rama, siman 25; Kané Bosem, tomo 2, siman 91], o comprar un departamento, o recibir un trabajo o un cargo, o vivir en algún lugar específico, de tal forma que se trata de algo que se va a sentir en la vida cotidiana del hijo, la conclusión de todas las autoridades halajicas es que el hijo no está obligado en escuchar a los padres y llevar a cabo su petición, dado que es algo que tiene que ver con el hijo y no con el padre, considerándose una perdida monetaria para el hijo, y vimos anteriormente que la halajá establece que el honor hacia los padres no está obligado de ser a cuenta del bolsillo del hijo [Maharik Shoresh, siman 166; Jazon Ish, siman 149, seif katan 8; Teshuvot ve´Hanaghot, tomo 3, siman 275].
Si es que la petición de los padres se trata de algo que es muy difícil para el hijo llevar a cabo, como por ejemplo que le pidieron no fumar cigarros [dejando de lado la mitzváh de “ve´Nishmarten meod le´nafshotejem” (Cuidaran mucho sus almas)], o que no coma pizza con papas fritas cuando esta de dieta para bajar de peso, o que no tome café [Shut Shevet Ha´Levi, tomo 10, siman 156], o que no salga para afuera sin chaqueta y bufanda en los días de invierno, u otras cosas parecidas, en todos estos casos la ley va a depender si acaso el padre se encuentra presente o se va a enterar de las acciones del hijo, y un caso que no, ya que si es que el padre se va a enterar de la acción, en ese caso el hijo está obligado de escuchar [Shut Javot Yair, siman 214; Jazon Ish, siman 149, seif katan 8], habiendo quienes opinan que esta obligación entra dentro de la categoría de “cavod” (honor) [Shut Yad Eliahu, tomo 1, siman 40], y otros que opinan que esto ingresa dentro de la categoría de “Moráh” (temor) [Shut Minjat Eläzar, tomo 2, siman 63].
Si es que se trata de un caso en el cual los padres no se encuentran presentes, y tampoco se van a enterar de la acción del hijo, por lo que no van a saber que actuó en contra de su voluntad, o si es que los padres ya fallecieron, hay muchas de las autoridades halajicas opinan que igual así existe la obligación de que el hijo lleve a cabo la petición de los padres [Shut Maharsham, tomo 2, siman 224; seif katan 15; Shut Minjat Eläzar, ahí], y hay otras autoridades que opinan de forma indulgente al tratarse de cosas que tienen que ver con el hijo y no con el padre, por ende, cuando se trata de algo muy difícil para el hijo, se puede ser indulgente respecto a esto [Gaon Rav Yosef Shelomó Elyashiv; Yosher Horé, siman 8].
De todas formas, son justamente estas las situaciones donde se fue dicho que no debe el padre o la madre pedir de los hijos cosas que les vaya a costar llevar a cabo, para que así no vayan a tropezarse y pasar por sobre la mitzváh de honrar a los padres.
HABLAR EN PRIMERA PERSONA
A pesar de que es un honor hablar con una persona honrada o con el rabino utilizando un lenguaje honrado, como por ejemplo hablando en tercera persona - diciendo “¿Cómo se encuentra el rabino?”, o hablando en plural – diciendo “¿Cómo se encuentran ustedes?”, de todas formas, la costumbre de las personas es hablarles a los padres utilizando un lenguaje de primera persona – diciendo por ejemplo “¿Cómo te encuentras?”, por ende, hoy en día no es necesario que se hable con un lenguaje especialmente honrado – preguntando “¿Cómo ese encuentra el padre?” o de otra forma parecida, dado que utilizar el lenguaje tradicional muestra un amor superior y una mayor cercanía entre el hijo y el padre, al igual que le hablamos a Nuestro Padre En El Cielo durante el rezo de la Ämidáh, donde decimos “Ata Kadosh” (Tu Eres Santo), “Ata Shomeä” (Tu escuchas), por ende, no se considera una forma de menosprecio el hablarles así a los padres, sino que así debe ser [Jatam Sofer, Parashat Toledot; Aruj Ha´Shuljan, siman 242, seif 38].
EL PADRE EN EL LADO DERECHO
Cuando el hijo camina con el padre, el hijo debe caminar por el lado izquierdo para que el padre camine por el lado derecho [Guemará Yomá, 37a], y si es que son dos hermanos los que caminan con el padre, el hermano mayor de ir por el lado derecho del padre, y el otro hermano por el lado izquierdo, de tal forma que el padre camine en el medio [tal como trae Maran Ha´Shuljan Aruj respecto al rabino en siman 242, seif 17] y esto mismo aplica en el caso de una hija que camina con su madre.