SE MEZCLÓ UN CONDIMENTO PROHIBIDO EN LA COMIDA

¿CUÁNDO QUEDA PERMITIDO?

HALAJOT TAÄROVOT

SE MEZCLÓ UN CONDIMENTO PROHIBIDO

La Guemará en Masejet Julin [97b] trae en nombre de Rabi Yojanan que todas las prohibiciones se las consideran que entregan sabor hasta una cantidad de 60, es decir, que cuando se mezcla algo prohibido con algo permitido, y lo permitido supera 60 veces la cantidad de lo prohibido, aquello prohibido se anula quedando permitida toda la mezcla. Sobre esto Rabi Aba preguntó a Abaye ¿por qué decimos esto y no decimos que se lo considera como un condimento, el cual sabemos que no se anula incluso contra una mezcla mil veces superior de algo permitido? A lo que Abaye le contestó que nuestros sabios entendieron que algo prohibido (como por ejemplo un pedazo de neveláh, o un pescado impuro, etc) no entrega sabor en una mezcla 60 veces superior, y por ende se anula.

Luego, la Guemara [99b] trae en nombre de Rabi Yose bar Janina que no todas las cantidades son iguales, es decir, hay prohibiciones que requieren una cantidad mayor a 60 para anularse, como por ejemplo el tzir de un pescado impuro, lo cual es la transpiración que sale del pescado, eso requiere una cantidad 200 veces superior para anularlo y no basta con 60. Es decir, vemos que no todas las prohibiciones requieren la misma cantidad para anularse, hay algunas que requieren más y otras que requieren menos.

Basado en esto, trae el Bet Yosef [Yoreh Deäh, comienzo siman 98] en nombre del RashbaRosh y Ran, que toda la permisión de la anulación es siempre y cuando la prohibición ya no entregue sabor en la mezcla, pero si es que la prohibición sigue entregando sabor en la mezcla, entonces no se anula incluso contra 1000 mientras siga entregando sabor en la mezcla, y así lo trajo para la halajá el Rama [siman 98, seif 8].

Sin embargo, cuando se trata de un condimento, a pesar de que sabemos que está diseñado netamente para entregar sabor en la mezcla de comida, existe una divergencia de opinión entre las autoridades halajicas respecto a qué condiciones deben existir para que el condimento no se anule incluso contra 1000. Según Tosafot y Sefer Ha´Terumáh, solamente cuando el condimento está prohibido por sí mismo, no se anula incluso en una mezcla 1000 veces superior, pero, si es que el condimento está prohibido solamente por motivos de que posee absorbido algo prohibido dentro de él, pero no es el cuerpo del condimento que se encuentra prohibido, en ese caso se anula contra una cantidad de 60, al igual que el resto de las prohibiciones. Por otro lado, tenemos la opinión del Riba y del Rash, quienes divergen con esto y opinan que no existe diferencia entre un caso donde el condimento está prohibido por sí mismo y el caso donde el condimento está prohibido por tener absorbido algo prohibido en él, en ambos casos no se anula incluso en una mezcla 1000 veces superior al condimento, dado que está hecho para dar sabor.

Cómo halajá práctica, el Rama decretó de forma indulgente como Tosafot y los que opinan como él, escribiendo que la sal o los condimentos que son cosas que vienen a dar sabor en la comida, si es que están prohibidos por sí mismos, cómo por ejemplo un condimento que viene un fruto Örlá (cortado dentro de los 3 primeros años del árbol), o que se hiso idolatría con ese condimento o con esa sal, en ese caso no se anulan en 60, y esto es incluso si es que se trata de una prohibición rabínica [Bet Yosefsiman 112; Tazseif katan 12; Shajseif katan 31]. Vemos de acá, que solamente si es que está prohibido por sí mismo el condimento, es ahí que no hay forma de anularlo, pero si es que el condimento está prohibido solamente por el hecho de que posee algo prohibido absorbido dentro de él, cómo por ejemplo una sal que posee sangre absorbida dentro de ella, y se cocinó en un plato 60 veces superior, en ese caso trae Maran Ha´Shuljan Aruj [siman 105, seif 14] que se anula y queda todo permitido.

De todas formas, si es que el condimento cayó en un plato de comida suficientemente grande como para que no se sienta su sabor, de tal forma que no se siente el sabor de ese condimento, en ese caso incluso si es que se trata de un condimento de que esta prohibido por sí mismo, se anula su sabor y queda permitida toda la mezcla al igual que el resto de las prohibiciones. Pero si es que se siente sabor al condimento o a la sal prohibida por sí misma, entonces a pesar de que la mayoría del condimento y sal que se agregó al plato era uno que estaba permitido, no se anula su sabor dado que aún se siente el sabor de aquel condimento o sal en la mezcla [Shajseif katan 28].

EN RESUMEN

Si un condimento o sal está prohibido por sí mismo y se mezcló en un plato de comida, su sabor no se anula y queda toda la mezcla prohibida, a menos de que no se sienta el sabor del condimento o de la sal en lo absoluto dentro del plato. Pero, si es que el condimento está prohibido solamente por el hecho de que posee absorbido algo prohibido dentro de él, en ese caso el condimento se anula contra una cantidad 60 veces superior a él.