BENDICIÓN POR EL OLOR DE UN FRUTO

CUÁNDO Y CÓMO SE BENDICE

BENDECIR POR EL OLOR DE UN FRUTO

La Guemará en Masejet Berajot [43b] trae que una persona la cual huele un Etrog o un membrillo, recita la bendición de “Baruj Ata H´ Elokenu Melej Ha´Ölam she´natan reaj tov ba´perot” (Bendito eres Tú Ds… que les dio buen olor a las frutas). Y sobre esto escribió Tosafot [“ha´i”] que, esta bendición la cual se recita sobre el olor de un fruto destinado para ser comido, solamente se la puede recitar en caso de que la persona haya tomado ese fruto con la intención de olerlo, o para ambas cosas, es decir, olerlo y comerlo, pero si es que lo tomó solamente con la intención de comerlo y no con la intención de olerlo, y luego el olor subió por sí solo, en ese caso no puede bendecir por ese olor que siente, y así también lo escribió el Rosh [capitulo 8, siman 3] y el Tur, trayéndolo Maran Ha´Shuljan Aruj [siman 215, seif 2] para la halajá, que si es que la persona tiene una fruta apta para ser comida, y la tomó con la intención de olerla, o para olerla y también comerla, recita la bendición de “Ha´Noten Reaj Tov Ba´Perot”.

Si nos fijamos bien, la versión de la bendición traída por la Guemará es un poco distinta a la que trajo Maran Ha´Shuljan Aruj, dado que la Guemará dijo She´Natan reaj tov ba´perot” (Que les dio buen olor a las frutas), y en cambio Maran escribió Ha´Noten reaj tov ba´perot” (Quien da buen olor en las frutas). Es más, existe una tercera opinión, que la trae el Eliáh Rabáh [seif katan 5], la cual opina que se debe bendecir Asher natan reaj tov ba´perot”. Sin embargo, tanto el Ben Ish Jai [Va´etjananhalajá 15], como Maran Rabenu Övadiah Yosef [Yabiä Omer, tomo 10, siman 55], entre otras autoridades, traen que la costumbre es recitar la bendición pronunciando la versión traída por Maran Ha´Shuljan Aruj, es decir, diciendo “Ha´Noten reaj tov ba´perot” (Quien da buen olor en las frutas).

Respecto a sobre qué tipo de fruta se puede recitar esta bendición del olor, Maran Ha´Shuljan Aruj decretó como Tosafot y el Rosh, es decir, que incluso si es que la persona tomó el fruto para con ambas intenciones, es decir para olerlo y también para comerlo, se puede bendecir por el olor que sale de él, y con mayor razón si es que lo tomó solamente con la intención de olerlo. Sin embargo, hay dos opiniones que opinaron distinto, opinando de forma más severa, y son las siguientes.

Rabenu Yosef Jaim en su libro Rav Peälim [tomo 2, siman 35], y también en su libro Ben Ish Jai [Va´etjananhalajá 15] trajo una divergencia de opinión respecto a esto, trayendo que hay una opinión la cual dice que todo fruto el cual está principalmente destinado para ser comido, cómo por ejemplo un fruto el cual si no fuera porque se lo desea comer no se lo hubiera traído sobre la mesa, entonces incluso si es que la persona lo toma con la intención de olerlo, no puede bendecir por su olor, y solamente en caso de que no se haya traído el fruto para comerlo, ni tampoco lo tomó con la intención de comerlo, sino que solamente para olerlo, es ahí que se puede recitar la bendición. Y concluye ahí el Ben Ish Jai, que a pesar de que el RoshTur, y Maran no opinaron así, igual así, por motivos de “Safek Berajot Le´Hakel” (cuando hay una duda en bendiciones rabínicas actuamos de forma indulgente y no la recitamos) resulta que acá se debe actuar de forma indulgente y no bendecir por el olor de un fruto en un caso donde el fruto también está destinado para ser comido.

Una segunda opinión, aún más severa que la de Ben Ish Jai, es la opinión del Jazon Ish [Oraj Jaimsiman 35, seif katan 1, 3, 5], quien opina que incluso si es que el fruto fue traído con la única intención de olerlo, siempre que se trate de un fruto el cual normalmente se lo destina para ser comido, no se recita bendición por su olor, a menos de que la persona lo haya dejado destinado de por vida solamente para que se tenga provecho de su olor, y así entendió que también es la opinión del Gaon de Vilna. El libro Or Le´Tzion [tomo 2, capitulo 46, halajá 56] temió a las palabras de Jazon Ish, trayendo en consecuencia que no se debe bendecir por el olor de las hojas de menta a menos de que la persona las haya comprado netamente para olerlas, y no para comerlas, pero si es que las compró para comerlas también, entonces incluso si es que después las tomó solamente para olerlas, no debe bendecir por su olor.

Cómo halajá práctica, Maran Rabenu Övadiah Yosef [Yabiä Omer, tomo 9, siman 108, seif 107] trajo que la halajá principal es como Maran Shuljan Aruj, es decir, que incluso si es que el fruto está destinado para ser comido, y haya sido tomado también con la intención de ser comido, mientras la persona lo haya tomado también con la intención de olerlo, o solamente con la intención de olerlo, se puede perfectamente recitar la bendición por su olor, incluso si es que el fruto fue traído frente a la persona con la intención de comer. Así también lo decretó el Gaon Rav Moshe Levi [Birkat H´, tomo 3, siman 12, seif 6].

Respecto a cómo debe ser el orden de las bendiciones en un caso donde la persona haya tomado el fruto con la intención de hacer ambas cosas, tanto para olerlo como también para comerlo, trae el Kaf Ha´Jaim [seif katan 28] que existe una divergencia de opinión. La opinión del Ölat Tamid [seif katan2] es que la persona debe adelantar la bendición por la comida a la bendición por el olor, trayendo que la persona primero debe bendecir por comer del fruto, luego bendecir por el olor, olerlo, y luego probar del fruto (opinando que al hacerlo asi no se considera una interrupción entre la bendición y la probada de la comida, al igual que en Pesaj la bendición de “Äl ajilat matzáh”  no se considera una interrupción entre la bendición de Ha´Motzí y la probada de la Matzáh). Sin embargo, el Eliáh Rabá [seif katan 6] divergió con la opinión del Ölat Tamid, trayendo que no se puede comparar un caso con el otro, ya que en Pesaj ambas bendiciones son necesarias para comer la matzáh, en cambio acá, la bendición del olor no es necesaria para comer del fruto, y por otro lado, el orden natural de cómo suceden las cosas es que la persona al ingresar el fruto en la boca es inminente que primero lo huela y sienta el olor, y solamente después lo ingrese en la boca, lo cual significa que si la persona primero bendice por comer, y solamente después de comer del fruto bendice por el olor, estaría técnicamente oliendo el fruto primero antes de comerlo y luego recitando la bendición por el olor, cuando en realidad el orden correcto es bendecir y luego oler. Y con esta opinión del Eliáh Rabáh estuvo de acuerdo el Maamar Mordejai [seif katan 5].

EN RESUMEN

Si es que se trata de un fruto apto para ser comido, y la persona lo tomó para comerlo y para olerlo, o solamente para olerlo, debe recitar la bendición “… Ha´Noten Reaj Tov Ba´Perot”. Respecto al orden correcto de cómo hacer las cosas, primero se debe bendecir por el olor, luego oler el fruto, y solamente después bendecir por comerlo y probar del fruto.