CUÁNTO DEVOLVER FRENTE A LA DUDA DE UN ROBO
CUÁNTO DEVOLVER FRENTE A LA DUDA DE UN ROBO
En halajot anteriores, explicamos el caso de una persona quien por algún motivo robó algo de alguien, y lo vendió, y al cabo de un tiempo, esta persona decidió volver en Teshuváh y devolver lo robado a la persona de quien lo robó, solo que para ese entonces, cuando viene a devolver lo robado el valor del producto robado cambió, y explicamos que en un caso como este, el valor que debe ser pagado es de acuerdo al valor que tenía el producto al momento que fue vendido, y no el valor del momento en que viene a pagar.
Ahora nos gustaría analizar, el caso donde nadie se acuerda cual era el valor exacto del producto al momento de la venta, ni la persona quien robó el producto, ni tampoco el dueño original del producto. En un caso como este, ¿Cuánto debe pagar quien robó el producto?
En realidad, cuando se trata de un caso de duda, donde ni el demandante ni el demandado se acuerdan de cuanto era el monto exacto de la devolución, es decir, si la deuda es un monto “X” o un monto superior, tenemos principalmente tres niveles que podrían acontecer y cada uno posee sus halajot pertinentes. Siendo los siguientes:
[1] Un caso donde la duda es si acaso existe la deuda de la que se está hablando o no (cómo por ejemplo un caso donde la persona no sabe si es que tomó prestado, o si es que robó).
[2] Un caso donde la duda es respecto a quién se le debe aquella deuda (cómo por ejemplo en un caso donde la persona sabe que tomó prestado o robó, solo que está en duda entre dos personas).
[3] Un caso donde la duda reside sobre cuánto es el monto que se debe devolver (cómo por ejemplo en un caso donde no se acuerda cuanto tomó prestado o cuanto robó).
En el primero de los tres casos, donde la persona tiene la duda si acaso tomó prestado o robó, no existe obligación que la persona devuelva el monto, incluso para quedar exento “Bi´Dé Shamaym” (En El Juicio Celestial), y esto aplica ya sea que se trate de un préstamo, o de una garantía, o un robo. Todo esto es en un caso donde no le demandaron el pago, pero si es que se lo demandaron, a pesar de que tenga la duda si es que robó o debe aquel monto, deberá pagarlo si es que quiere quedar exento “Bi´Dé Shamaym” [Joshen Mishpat, siman 75, seif 10].
En el segundo de los tres casos, donde la persona no sabe a quién le debe lo prestado o robado, entonces depende. Si es que se trata de una duda sobre un robo, por ejemplo, donde la persona sabe que robó 100 pero no sabe a quién se lo robó, estando en duda entre dos personas, en ese caso trae Maran Ha´Shuljan Aruj [Joshen Mishpat, siman 365, seif 2] que si es que la persona fue quien se les acercó a las dos personas para expresarles su duda sobre el robo, basta con que reparta los 100 entre las dos personas para quedar exento “Bi´Dé Adam” (En un juicio rabínico), y no requiere pagarle a cada uno el monto total. Sin embargo, para quedar exento “Bi´Dé Shamaym” (En El Juicio Celestial), debe pagarle a cada uno el monto total por la duda, es decir, 100 a cada uno. Sin embargo, si es que las dos personas fueron las que vinieron a demandar el pago del robo, y el demandado se acuerda que robó los 100, solo que no se acuerda a quien le robó, en ese caso debe pagarle a ambos 100.
En caso de que la duda es respecto a un préstamo, o una garantía, existe una divergencia de opinión entre las autoridades halajicas respecto a si acaso se requiere pagarles a las dos personas que posee la duda o no para poder quedar exento incluso “Bi´dé Shamaym”. Maran Ha´Shuljan Aruj [siman 76, seif 3; siman 300, seif 3; Shaj, seif katan 16] decretó la halajá de forma indulgente, es decir, que si es que la persona fue quien se les acercó a las dos personas para expresarles su duda sobre el préstamo o la garantía, basta con que reparta los 100 entre las dos personas para quedar exento incluso “Bi´Dé Shamaym” (En El Juicio Celestial), y no requiere pagarle a cada uno el monto total. Sin embargo, si es que las dos personas fueron las que vinieron a demandar el pago de la deuda, y el demandado se acuerda que tomó prestado 100, solo que no se acuerda de quien los tomó, en ese caso debe pagarle a ambos 100.
El motivo de esto, de porque se es más severo respecto a la devolución de un robo frente a la duda que respecto a la devolución de un préstamo o de una garantía, es dado que respecto al préstamo y la garantía hubieron dos partes que actuaron de forma negligente, ya que también quien otorgó el préstamo o la garantía debiera tener claro y pruebas suficientes para demostrar que se le debe ese dinero o garantía, por ende, igual existe un poco de negligencia de parte del demandante, en cambio en el caso de un robo, no corresponde decir que existe una parte negligente de parte del demandante, ya que robar de por sí está prohibido. Ese es un motivo que trae el Shaj [siman 365, seif katan 5] y el Ktzot Ha´Joshen [seif katan 2] de porque frente a la duda de un robo si debe pagar la persona para quedar exento “Bi´De Shamayim” (En El Juicio Celestial), ya que nuestros sabios multaron a la persona por el hecho de haber cometido una prohibición.
El tercer caso que podría existir, es el caso que la persona sabe a quién le debe dinero, solo que no sabe cuánto le debe a la persona. En un caso como este, divergieron de opinión las autoridades halajicas respecto a si existe algún tipo de obligación para quedar exento “Bi´De Shamayim” (En El Juicio Celestial). Maran Ha´Shujan Aruj [Joshen Mishpat, siman 75, seif 18] trajo primero la opinión de quien opina que basta con pagar el monto que está seguro que le debía a la otra persona, y no el monto superior, para quedar exento incluso “Bi´De Shamayim”, y luego trajo la opinión que dice que por el hecho de que la persona se acuerda que le debe dinero, no quedaría exento “Bi´De Shamayim” hasta que haya llegado a un consenso con la otra persona a la que le debía el dinero.
Sin embargo, ¿qué pasa si la duda es sobre un monto robado? Es decir, si la persona sabe que le robó a la otra persona, solo que está en la duda entre un monto y otro más alto. ¿Acaso se parece al caso anterior donde la persona tiene la duda a quien le robó, y por ende debe pagarles el monto total a ambos para quedar exento “Bi´De Shamayim” (En El Juicio Celestial), o no? La opinión del Gaon de Vilna [siman 75, seif katan 60] es que este caso donde la persona no sabe que monto debe, se parece al caso de una persona que no sabe a quién le debe, y por ende, en un caso de robo donde no está seguro que montó robó, deberá pagar el monto más alto o llegar a un consenso con la persona a la cual le robó, para así poder quedar exento “Bi´De Shamayim”. En cambio, la opinión del Jazon Ish [Joshen Mishpat, siman 7, seif 3], es que este caso es más leve que el caso de la persona que tiene una duda a quien le robó dinero, dado que en ese caso la persona está segura que quedó obligada en pagar aquel monto, solo que no sabe a quién debe pagárselo, en cambio, acá la persona ni siquiera está seguro si es que robó el monto más alto o no.
En la práctica, la mayoría de las autoridades halajicas, entre ellos el Javot Yair [siman 199, lo trae el Pitje Teshuváh en siman 301, seif katan 6] y el Igrot Moshe [Joshen Mishpat, tomo 1, siman 88], opinaron de forma severa como el Gaon de Vilna, es decir, que frente a la duda sobre el monto robado, tiene que preocuparse la persona de quedar exento “Bi´De Shamaym”, y por ende, pagar un monto al robado hasta que haya salido la duda de su corazón, es decir, hasta que haya llegado a un monto al cual sabe con seguridad que no fue lo que robó. Y con seguridad que así se debe conducir, intentar llegar a un consenso con el robado para quedar exento según todas las opiniones.
EN RESUMEN
[1] En caso donde la duda es si acaso existe la deuda de la que se está hablando o no (cómo por ejemplo un caso donde la persona no sabe si es que tomó prestado, o si es que robó), no es necesario que la persona pague por la duda. Pero, si es que vinieron a demandar el pago, entonces la persona deberá pagar para quedar exento “Bi´Dei Shamaym” (En El Juicio Celestial).
[2] En un caso donde la duda es a quien le debe aquella deuda (cómo por ejemplo en un caso donde tomó prestado o robó de una de las dos personas que está en duda, y no se acuerda de quien), si es que la persona fue quien se les acercó a las dos personas para expresarles su duda sobre el robo o la deuda, en caso del robo basta con que reparta el monto entre las dos personas para quedar exento “Bi´Dé Adam” (En un juicio rabínico), y para quedar exento “Bi´Dé Shamaym” (En El Juicio Celestial), debe pagarle a cada uno el monto total por la duda, y en el caso de un préstamo, basta con que reparta el monto entre las dos personas para quedar exento incluso “Bi´Dé Shamaym”. Sin embargo, si es que las dos personas fueron las que vinieron a demandar el pago del robo o la dueda, en ese caso debe pagarle a cada uno el monto total.
[3] Un caso donde la duda reside sobre cuánto es el monto que debe devolver (cómo por ejemplo en un caso donde no se acuerda cuanto tomó prestado o cuanto robó), en caso de un préstamo basta con pagar el monto más bajo que está seguro que le debía a la otra persona, para quedar exento incluso “Bi´De Shamayim”. En cambio en el caso de un robo, se debe pagar el monto superior para quedar exento “Bi´De Shamayim”.