Cuándo debo contestar "Amen" tras la bendición recitada por un pequeño.
CONTESTAR “AMEN” A LA BENDICIÓN DE UN PEQUEÑO
La Guemará en Masejet Berajot [53a] trae que después de toda bendición que se escucha se contesta “Amen”, exceptuando después de la bendición recitada por “Tinokot shel Bet Raban” (niños pequeños). Luego la Guemará explica que toda la prohibición de contestar “Amen” tras la bendición de un pequeño, es en momento que se encuentra estudiando las bendiciones para saber cómo recitarlas, o para saber qué bendición se recita por cada comestible, pero cuando el pequeño se encuentra bendiciendo para exentarse a sí mismo y comer o tomar algo, al igual que lo hace cualquier adulto, en ese caso trae la Guemará que si se debe contestar “Amen” tras su bendición, como por ejemplo cuando un pequeño recita la bendición de “Boré Peri Ha´Ëtz” antes de comer una manzana, en ese caso si se contesta “Amen” a su bendición.
A lo que se refiere esto, tal como lo trae Maran Ha´Shuljan Aruj [siman 215, seif 3], es que se permite enseñarles las bendiciones a los pequeños recitándolas en la forma como se recitan, incluyendo los nombres de Ha´Kadosh Baruj Hu al recitarla, y a pesar de que la bendición no tiene sobre que recaer, considerándose que se la recita en vano, igual se permite hacerlo por el hecho de que se lo hace con la intención de educar al pequeño. Por ejemplo, está permitido de que un padre pida de su hijo que recita más de una vez la bendición correspondiente a un fruto, pidiéndole que bendiga por cada gajo de naranja que come, a pesar de que halajicamente basta con que se recite la bendición una sola vez, el motivo de la permisión es ya que lo está haciendo por motivos de “Jinuj” (educación), para que el pequeño se aprenda la bendición y se acostumbre a bendecir. En un caso como este, por el hecho de que todas las bendiciones que recita el pequeño posterior a la primera bendición se consideran recitadas por motivo educativo, resulta que la persona podría contestar “Amen” solamente por la primera bendición que es la bendición con la cual cumplió con su obligación de exentar al comestible, pero por el resto de las bendiciones que son por educación, no se debe contestar “Amen”.
Hay dos condiciones que se deben cumplir para poder contestar Amen después de la bendición recitada por un pequeño, y en algunos casos, de no cumplirse las condiciones, el “Amen” que se estaría contestando a la bendición del pequeño entraría dentro del marco de un “Amen Yetomá” (Amen huérfano), lo cual es muy grave, al igual que una persona que contesta “Amen” por una bendición recitada en vano, lo cual la Guemará en Masejet Berajot [47a] dice que toda persona la cual conteste un “Amen Yetomá” - al final “Yihuh banav yetomim” (Sus hijos se convertirán en huérfanos), Jas ve´Shalom. Las condiciones son las siguientes.
La primera condición que se debe cumplir, es que debemos estar seguros que el cuerpo del niño se encuentra completamente limpio, en especial si es que recientemente hiso sus necesidades. Y la segunda condición, según algunas autoridades halajicas, es que el pequeño debe tener una edad mínima para que se pueda contestar Amen tras su bendición. Según el Ben Ish Jai [Parashat Masëi, seif 16], no existe una edad para esto, siempre se debe contestar “Amen” tras una bendición recitada por un pequeño, lo importante es que sepa recitar de forma correcta la bendición. Y de sus palabras se ve que opina que no se requiere que el niño haya llegado a la edad de Jinuj (educación) para poder contestar Amen tras su bendición, y así también se ve de las palabras del Gaon Rav Meir Mazuz [Mishná Berurá Ish Matzliaj, nota 2], siempre y cuando sepa pronunciar de forma correcta las letras. Y en Shut Bait Neeman [tomo 1, siman 20], trajo que incluso si es que decimos que se requiere que el pequeño haya llegado a la edad de Jinuj (educación) para poder contestar Amen tras su bendición, en este caso ya desde los 4-5 años se considera “Bar Jinuj”, ya que desde esa edad el pequeño sabe hablar, y sabe a Quién se le está bendiciendo.
Sin embargo, el Peri Megadim [Jidushav sobre Berajot] trajo que no basta con que el niño sepa hablar para contestar Amen a su Berajá, sino que se requiere que el pequeño haya llegado a la edad de Jinuj de mitzvot (6 años) para poder contestar Amen tras su bendición, pero si es menor a la edad de Jinuj no se puede contestar Amen tras su bendición. Así también lo decretó el Kaf Ha´Jaim [siman 215, seif katan 19], el Gaon Rav Moshe Levi [Birkat H´, tomo 1, capitulo 6, siman 10], y Maran Rabenu Övadiah Yosef [Yabiä Omer, tomo 2, siman 13; tomo 8, siman 25, seif 8; Halijot Ölam, tomo 2, página 133], trayendo que todo esto es siempre y cuando el pequeño sepa a Quien se le está bendiciendo, pero si es que no lo sabe, entonces incluso si es que llegó a la edad de “Jinuj”, no se debe contestar “Amen” tras su bendición. En caso de que se esté en la duda si acaso llegó a los 6 años de edad o no, igual se debe contestar “Amen” tras su bendición, y en caso de que haya llegado a los 5 años de edad, y sepa a Quien se le está bendiciendo, a pesar de que aún no llegó a los 6 años de edad, quien conteste “Amen” tras su bendición tiene en quien apoyarse.
Sin embargo, a pesar de que no es tan simple el hecho de contestar “Amen” tras la bendición de un pequeño, dado que se corre el riesgo de que sea un “Amen Yetomáh” (Amen huérfano), tampoco es tan simple el hecho de no contestar “Amen” tras la bendición de un pequeño, dado que el pequeño puede aprender que no es tan importante contestar “Amen” a las bendiciones, al ver que no contestan “Amen” a su bendición. Por ende, un buen consejo para ahorrarse este problema, es que en todo caso de duda, si acaso se puede contestar “Amen” o no, o en cualquier caso que exista el riesgo que el pequeño aprenda a no contestar “Amen” tras las bendiciones al ver que no se contesta “Amen” tras su bendición, lo que debe hacer el adulto es recitar en voz baja el verso en Tehilim [83:59] que dice: “Baruj H´ le´ölam amen ve´amen”, mientras el pequeño recita la bendición, y levantar la voz justo al decir la palabra “Amen”, para que de esta forma se vea como si le hubiera contestado “Amen” a la bendición del pequeño, y así el pequeño no aprenda a menospreciar el “Amen” que se contesta por las bendiciones.
EN RESUMEN
Se contesta “Amen” tras la bendición recitada por un pequeño de 6 años de edad, siempre y cuando sepa a Quien se le está bendiciendo, y se trate de una bendición recitada para exentar un comestible o un bebestible, pero no si es que se trata de una bendición recitada por educación solamente. Si es que el niño tiene 5 años de edad, mientras sepa a Quien se le bendice, quien conteste Amen a su bendición, tiene en quien confiarse.