Halajot Shabat
Maran Ha´Shuljan Aruj [siman 248, seif 1,2] trae que esta prohibido zarpar en un barco dentro de los tres días anteriores a Shabat, dado que aquello genera un “Bitul Mitzvát Öneg Shabat” (Anulación de la mitzváh del deleite de Shabat), ya que dentro de los primeros tres días que la persona se encuentra navegando en agua salada existe una “Jazaká” (normalidad) de que va a sentirse mal producto del movimiento del barco y producto del olor del agua salada y aquello causa que no pueda comer y deleitarse como debe ser en Shabat. Todo esto se esta hablando respecto a un barco en agua salada.
Sin embargo, respecto a un barco que navega en agua dulce, en donde no existe la anulación de la mitzváh de Öneg Shabat, la Guemará en Masejet Shabat [139b] cuenta que Rav Huna hijo de Rabi Jayun una vez se fue a dormir dentro del barco de una persona de otro pueblo en Shabat mismo, a sabiendas que esta persona de otro pueblo iba a cruzar el barco hacia el otro lado del rio mientras duerme durante Shabat. Al llegar al otro lado del rio, ¿Qué hizo Rav Huna ben Rabi Jayun? Fue a cuidar sus frutas, y dijo que él solamente tuvo la intención de irse a dormir y no de cruzar hacia el otro lado del rio.
Trae la Guemará que Rav Ashi dijo que esta acción de Rav Huna se considera que fue hecha a través de “ärama” (engaño) respecto a una prohibición rabínica, y que lejatejiláh (a priori) esta prohibido conducirse de esta forma exceptuando el caso de un Talmid Jajam del nivel de Rav Huna, dado que el resto de las personas son propensas a pasar por la prohibición sin hacerlo de esta forma permitida a través de “ärama” (engaño) de mostrar que tengo la intención de hacer algo permitido, y en consecuencia se realiza algo prohibido rabínicamente, como lo hizo Rav Huna quien solamente se fue a dormir dentro del barco de la persona de otro pueblo, a pesar de que tenia la intención de cruzar hacia el otro lado del rio para cuidar sus frutas – lo cual estaría prohibido hacerlo en caso de que se lo haga de forma explicita.
Basado en esta Guemará, decretó el Rosh [Shabat, capitulo 4, siman 3] que esta prohibido zarpar en un barco en Shabat, incluso si es que el barco no va a salir fuera del “Tjum” (Limite de Shabat), e incluso si es que se lo hace en agua dulce. El motivo de esta prohibición es dado que zarpar en un barco se parece flotar en el rio, y nuestros sabios prohibieron que una persona flote en un rio en Shabat por temor de que llegue a construir una barca incurriendo en la prohibición de la Toráh de “Boné” (construir), tal como aparece en el Shuljan Aruj [siman 339, seif 2]. Y también por el temor de que la persona misma llegue a conducir el barco por 4 amot en un recinto Carmelit como lo es un rio, lo cual sabemos que esta prohibido conducir algo 4 amot por un recinto Carmelit. Y sobre esto sumó el Rav Ha´Maguid [Hiljot Shabat, capitulo 23, halajá 3] que incluso haciéndolo en forma de “Ärama” (engaño) estaría prohibido hacerlo, dado que en nuestros días no existe un Talmid Jajam como lo era Rav Huna respecto a este tema.
Sin embargo el Rashbam [lo trae el mismo Rosh] decretó distinto al Rosh, trayendo que si esta permitido zarpar en un barco en Shabat, incluso si es que sale fuera del “Tjum”, dado que la persona no esta saliendo a través de caminar, sino que el barco sale del “Tjum” por sí solo, y salir del “Tjum” es solamente una prohibición rabínica. Así también lo trajo Rabenu Yeshäya [lo trae el Bet Yosef, seif 6] que esta permitido ingresar a un barco que va navegando de un pueblo al otro, como se lo hace en la ciudad de Venecia, dado que cuando la persona de otro pueblo maneja el barco – lo hace para sí mismo y no para la persona de Äm Israel.
Para la halajá los Rishonim opinaron como el Rosh, que esta prohibido ingresar a un barco en Shabat o a una balsa, dado que se ve como si la persona estuviera flotando por sí mismo sobre el agua, y sabemos que esta prohibido flotar por el rio.
Sin embargo, incluso según los que prohíben, existe una divergencia de opinión si acaso se permite ingresar a un barco en Shabat cuando se encuentra amarrado, tal como se acostumbra hacer en los puertos hoy en día, o acaso se prohíbe hacerlo. Por un lado tenemos la opinión de Teshuvat Ha´Gueonim [tomo 1, siman 23] quien opina de forma severa prohibiendo subirse a un barco incluso si es que el barco se encuentra amarrado al puerto, dado que al fin y al cabo la persona se encontraría flotando en Shabat. Y por otro lado tenemos la opinión del Kol Bo [ahí] que si es que el barco se encuentra amarrado al puerto no habría problema de ingresar en él, a pesar de que se encuentra flotando sobre el agua. Y según todas las opiniones, si es que el barco se encuentra sentado sobre la tierra y no se encuentra flotando en lo absoluto - se permite ingresar dentro de él en Shabat, dado que eso se parece a un piso grueso solamente.
Para la halajá, Maran Ha´Shuljan Aruj decretó como el Rosh y los que opinan como él, que se prohíbe ingresar a un barco en Shabat, dado que se ve como si la persona estuviera flotando por sobre el agua. Y respecto a la divergencia que había entre los Gueonim y el Kol Bo sobre un barco amarrado al puerto, Maran Ha´Shuljan Aruj decretó de forma indulgente como el Kol Bo, permitiendo ingresar en Shabat a un barco que se encuentra amarrado al puerto, a pesar de que se encuentra flotando, y también trajo la ley que todos están de acuerdo respecto a ello, y es que esta permitido subirse a un barco que se encuentra apoyado sobre la tierra.
RESUMEN
Esta prohibido subirse a un barco en Shabat, a menos de que se encuentra amarrado al puerto o apoyado en la tierra, que en ese caso si se permite subirse al barco.