PONER SAL EN UNA OLLA CON SOPA

Halajot Shabat

Primero que todo debemos aclarar algo que tiene absoluta incidencia sobre nuestra respuesta. Nosotros sabemos que la halajá establece que “En bishul ajar bishul be´yavesh” (no existe cocción después de cocción en productos secos), lo cual en otras palabras nos viene a decir que una vez que algo seco haya sido cocinado, no va a volverse a cocinar sin importar a que calor sea sometido, y por ende se permite someterlo a un calor de cocción en Shabat. Basado en esto, hay un error que cometieron algunos que escribieron que la sal que encontramos hoy en día en las tiendas y supermercados ya fue sometida a cocción, lo cual técnicamente elimina cualquier problema de cocción y permite ponerla directamente sobre el fuego, sin embargo, esto es un error, ya que en realidad la sal encontrada hoy en día no fue cocinada [Madrij ha´Kashrut del Badatz ha´Ëdá ha´Jaridit; Maor Ha´Shabat, siman 13, seif 10]. Tal como explicó el Shevut Itzjak [tomo 9, capitulo 24] que solamente la sal que es vendida a las fabricas efectivamente fue sometida a un proceso de cocción, pero la sal que es comercializada en las tiendas no fue sometida a un proceso de cocción sino que solamente a un proceso de secado, el cual se basa en una primera fase de secado utilizando el calor del sol y luego una segunda fase de secado en un horno o cilindro rotatorio que llega a temperaturas de hasta 100ºC. Este proceso de secado no se lo considera como una cocción, ni tampoco se lo puede considerar como un horneado, al igual que lo escribió el Igrot Moshéh [Oraj Jaim, tomo 2, siman 85] respecto al secado de las hojas de té, que mientras no sepamos que se generó un cambio en la materia producto del calor, no se lo puede considerar como horneado o cocinado.

Respecto a la cocción de la sal, la Guemará [Shabat 42b] trae dos versiones sobre la ley de la sal. En la primera versión trae que Abaye dijo en nombre de Rabi Jia que “La sal no es como un condimento, dado que en un “Keli Sheni” también se cocina (la sal), y por ende esta prohibido ponerla en un “Keli Sheni” si es que esta a un nivel de calor de “Yad Soledet Bo”, es decir, siendo muy severo respecto a la sal y opinando que se cocina incluso en una “Keli Sheni” que normalmente no cocina producto de su calor. Luego en la segunda versión la Guemará trajo que Abaye dijo en nombre de Rabi Jia la ley totalmente opuesta a la anterior trayendo que “La sal no es como un condimento, dado que también en un Keli Rishon no se cocina la sal. Y esto es como lo que dijo Rav Najman que la sal requiere cocción como una carne de toro”. Para la halajá, tanto el Rif [20a], Rosh [siman 17], RAMBAM [capitulo 22, halajá 6], Tosafot, Ran [20a], y Tur opinaron como la segunda versión que trae al Guemará, que la sal no se cocina en un “Keli Rishon” el cual fue removido del fuego, y solamente se cocina en un “Keli Rishon” que se encuentra sobre el fuego, al igual que la carne de Toro.

Así lo decretó Maran Shuljan Aruj [siman 318, seif 9], que la sal no se cocina en un Keli Rishon que no se encuentra sobre el fuego ya que la sal requiere cocción como una carne de toro y solamente se cocina en un “Keli Rishon” que se encuentra sobre el fuego, por ende para los sefaradim esta permitido Lejatejilah (a priori) poner sal en una fuente de sopa que no se encuentra sobre la plata eléctrica.

Sin embargo, el Ramá escribió [ahí] que hay quienes prohíben poner la sal incluso en un “kelí sheni” que esta a una temperatura de “Yad Soledet Bo”, dado que opinan que la sal es considerado algo “kalé ha´bishul” (de fácil cocción), y el Ramá finalizó escribiendo que “quien sea severo, vendrá sobre él bendición”, y así se conducen los Ashkenazim. El Ben Ish Jai [segundo año, Bo, siman 10] y el Kaf ha´Jaim [seif katan 106] escribieron que también para los sefaradim es bueno tener cuidado respecto a esto, y quien sea severo vendrá sobre él bendición, sin embargo, tal como trajimos anteriormente, la halajá principal no es asi.

Sin embargo, mientras la fuente se encuentra sobre la plata eléctrica, según todas las opiniones se prohíbe poner sal, dado que incluso una carne de toro se cocina en esas condiciones [Mishná Berurah, ahí, seif katan 15].

¿Qué sucede si se puso sal de forma prohibida dentro de la fuente? Si es que la persona puso sal dentro de la fuente de sopa que se encuentra sobre el fuego, y la cantidad de comida dentro del plato es sesenta veces más grande que la cantidad de sal vertida, entonces habría que analizar lo siguiente: Si es que la cantidad de sal que se puso dentro de la fuente en Shabat posee la suficiente fuerza como para entregar sabor en la comida por sí sola sin la sal que se agregó antes de Shabat – entonces queda prohibido tener provecho de la comida, ya que todo lo que esta diseñado para dar sabor no se anula incluso en una mezcla mil veces mas grande que él [Rama, Yoré Deäh, siman 98, seif 8].

Sin embargo si es que la sal que se puso en Shabat no posee la fuerza para dar sabor a la comida por sí sola sino que solamente si es que se le une la sal que se puso antes de Shabat – en ese caso el plato queda permitido de ser comido, dado que “zeh ve´zeh gorem” (tanto lo permitido como lo prohibido están encargados de entregar sabor) [Shibolé ha´Leket, siman (86), en nombre de Rabenu Simjah; Rama, siman 318, seif 9; Mishnáh Berurah, seif katan 73; Ben Ish Jai, segundo año, parashat Bo, seif 10; Kaf ha´Jaim, seif katan 113].

EN RESUMEN

Esta prohibido agregar sal en Shabat a una fuente de comida que se encuentra sobre el fuego o plata eléctrica, pero si se permite agregar sal a un Keli Rishon que fue removido del fuego, y quien sea severo de no agregar sal a un Keli Sheni que posee la temperatura de Yad Soledet Bo vendrá bendición sobre él.

 (1) Termino Talmúdico: Algo prohibido y algo permitido que juntos causan un resultado. Es decir, cuando algo es causado por dos cosas en conjunto, algo prohibido y algo permitido, para la halacha esta permitido tener provecho de ello. Por ende en nuestro caso cuando se requiere tanto la sal que se puso antes de Shabat como la sal que se puso en Shabat para dar sabor, se considera como un caso de “zeh ve´zeh gorem”.