Shana Meuberet II
Cuando hay un Yortzait (día en que se cumple un año más desde el fallecimiento de una persona) en un año bisiesto, y la persona falleció en un año que no era bisiesto, divergieron de opinión las autoridades halajicas respecto a cuando llevar a cabo las costumbres que se realizan en aquel día, como por ejemplo respecto al ayuno que acostumbran realizar algunos hijos en el día que falleció el padre. La opinión de Maran Ha´Shuljan Aruj es que se debe ayunar en el segundo mes de Adar, es decir en Adar ב [Shuljan Aruj, siman 568, seif 7; Shut Jatam Sofer, Oraj Jaim, siman 163] y esta es la costumbre de los Sefaradim y de algunos Ashkenazim. En cambio el Rama escribió que se acostumbra ayunar en el primer mes de Adar del año bisiesto [Rama, ahí; Yoré Deäh, siman 402, seif 12], y el motivo es dado que el ayuno y el Kadish sirven como expiación del padre, por ende no hay motivo para qué atrasarlo, y así se conducen la mayoría de los Ashkenazim, y trajo ahí el Rama en nombre del Maharí que hay quienes acostumbran ser severos y cuando cae un año bisiesto ayunan en ambos meses de Adar, y así lo decretaron para la halajá unas cuantas autoridades halajicas [Maguen Avraham; Beur Ha´Gra; Shaj, Yoré Deäh, siman 402, seif katan 11], sin embargo respecto a actuar como Jazan en el rezo, en caso de que haya una persona de duelo presente en el minian y quiera subir como Jazan, la persona que tiene el Yortzait solamente podría desplazar a la persona en duelo y subir como Jazan en uno de los dos meses, pero no en ambos [Ha´Gaon Shemuel Vozner, Kovetz Bet Levi].
De todas formas, cuando el primer Yortzait del difunto cae en el mes de Adar de un año bisiesto, en ese caso incluso según Maran Ha´Shuljan Aruj se debe ayunar en el primer mes de Adar, es decir en Adar א [Bet Yosef, Yoré Deäh, siman 403, en nombre del Tashbetz, siman 427], dado que el final del primer año es siempre cuando se completan 12 meses.
En un año bisiesto, cuando se completan los 12 meses del fallecimiento de un difunto, a pesar de que aun no haya llegado el día del fallecimiento (dado que el año en ese caso tiene 13 meses), ya puede la persona de duelo levantarse de su duelo y realizar todas las cosas que normalmente están prohibidas para una persona de duelo [Shuljan Aruj, Yoré Deäh, siman 391, seif 1; Shaj, seif katan 2], dado que sobre el tiempo de duelo que hay para el padre o la madre esta escrito que son 12 meses, pero no esta escrito que el duelo es un año, de todas formas, en el día del Yortzait mismo (al momento que se cumple un año del fallecimiento) debe conducirse de acuerdo a las leyes de un Yortzait - lo cual significa no unirse a una comida de celebración o de alegría [Shaj, siman 395, seif katan 3].
Nosotros sabemos que una persona la cual se encuentra dentro de los primero 12 meses desde el fallecimiento del padre, acostumbra decir “Hareni Kaparat Mishkavó” (Yo soy la expiación de su descanso) cuando dice alguna ley halajica en nombre del padre, y respecto a un año bisiesto, hay quienes opina que incluso en el mes numero 13 debe continuar diciendo “Hareni Kaparat Mishkavó” [Shut Bet Itzjak, Yoré Deäh, tomo 2, siman 157], sin embargo, hay quienes divergen con esta opinión y opinan que solamente debe decirlo durante los primeros 12 meses, y no más allá de eso [Maharsham, tomo 3, siman 205, seif 8; Sefer Mishnat Ha´Ïbur, capitulo 10, seif 12].
Si es que la persona falleció en un año bisiesto, el Yortzait se lo debe realizar en el mes que falleció, es decir, si es que falleció en el primer mes de Adar, debe conducir el Yortzait en el primer mes, y si es que falleció en el segundo mes, debe conducir el Yortzait en el segundo mes. Y si es que falleció el día 30 del primer mes de Adar (Adar א) de un año bisiesto, lo cual es el primer día de Rosh Jodesh Adar ב, entonces en ese caso se realiza el Yortzait el día 30 de Shevat de un año normal, lo cual vendría siendo el primer día de Rosh Jodesh Adar [Maguen Avraham, siman 568, seif katan 2; Shut Minjat Itzjak, tomo 6, siman 9], y hay quienes dicen que se debe realizar el Yortzait en Rosh Jodesh Nisan [Igrot Moshe, tomo 3, siman 159, seif 4].
Si es que se esta en duda respecto a que mes falleció la persona en el año bisiesto, es decir, no se sabe si fue en el primer mes de Adar o en el segundo mes de Adar, se deben llevar a cabo las costumbres del Yortzait en el segundo mes de Adar (Adar ב), dado que se deja a la persona en su “Jezkat Jaim” (status quo de vivo) y asumimos que también estaba con vida en el primer mes del año bisiesto, y además por el hecho de que hay quienes dicen que siempre se realiza el ayuno en el segundo mes de Adar [Mishná Beruráh, Shaär Ha´Tziun, siman 568, seif katan 38].
El 7 de Adar es un día el cual fue fijado como ayuno por el hecho de que en ese día falleció Moshé Rabenu [Shuljan Aruj, siman 580, seif 1], y en un año bisiesto divergieron las autoridades halajicas si acaso se debe ayunar en el primer mes de Adar (Adar א) o en el segundo mes de Adar (Adar ב), la Mishná Beruráh [siman 580, seif katan 15] trajo que se acostumbra ayunar en el primer mes de Adar, y esa es la costumbre fuera de la tierra de Israel, sin embargo en la tierra de Israel la costumbre es ayunar en el segundo mes de Adar, y así se conducen las personas de Jevrá Kadisha en Yerushalaim [Sefer Birur Halajá, Taniana, Oraj Jaim, tomo 2, pagina 303, seif 11].
Si es que una persona arrendó una casa por un año, y el precio fue fijado de forma anual, como por ejemplo si arrendó la casa en Rosh Jodesh Marjeshvan 5782, y esta escrito en el contrato de arriendo que el precio de arriendo anual son $12.000 USD, en un año bisiesto, donde hay 13 meses, el mes adicional que hay lo gana el arrendatario y no el arrendador, es decir, el contrato se terminaría en Rosh Jodesh Marjeshvan 5783 por la tarde, y el arrendatario no requiere pagar un mes adicional [Shuljan Aruj, Joshen Mishpat, siman 312, seif 15; Shaj, ahí].
Sin embargo, si que la persona arrendó la casa por 12 meses, y fue fijado un precio mensual, como por ejemplo si arrendó la casa en Rosh Jodesh Marjeshvan 5782, y esta escrito en el contrato de arriendo que el precio de arriendo mensual son $1.000 USD, en el caso de un año bisiesto, por el hecho de que el contrato se termina después de 12 meses - técnicamente estaría terminando el contrato la víspera de Rosh Ha´Shaná 5783 (un mes antes de Rosh Jodesh Marjeshvan), y si es que el arrendatario sigue viviendo en la casa durante el mes numero 13 (que en este caso vendría siendo el mes de Tishré), en ese caso debe pagarle el mes numero 13 al arrendador, y no se dice que seguramente el arrendatario tuvo la intención de arrendar por el año y no por 12 meses [Smä, ahí].
Todo esto es siempre y cuando se haya escrito la fecha hebrea en el contrato, pero si es que se escribió la fecha gregoriana, como por ejemplo si arrendó la casa en Rosh Jodesh Marjeshvan 5782 – lo cual cayó en el día 7 de Octubre del 2021, y escribieron en el contrato que el arriendo es anual recordando ahí solamente esa fecha gregoriana, sin escribir la fecha hebrea, en ese caso por el hecho de que hay una diferencia entre el año lunar y el año solar, el contrato finalizaría el 6 de Octubre del año 2022, lo cual vendría siendo el 11 de Tishré del año 5783, y debe pagar por 12 meses [Pitjé Joshen, Sejirut, capitulo 5, nota 50]. Sin embargo si es que escribieron ambas fechas en el contrato, es decir, tanto la fecha gregoriana como la fecha hebrea, en ese caso basta con que uno de los dos lados (ya sea el arrendador como el arrendatario) sea una persona que acostumbra conducirse tras la fecha gregoriana, o que se encuentran fuera de la tierra de Israel donde la costumbre es conducirse tras la fecha gregoriana, como para que el contrato se rija bajo la fecha gregoriana, pero si es que ambos son personas temerosas del Cielo quienes siempre se conducen de acuerdo a la fecha hebrea respecto a todas sus cosas, en ese caso se rige el contrato bajo la fecha hebrea [Ëmek Mishpat, Sejirat Batim, siman 16].