LE ROBARON EL OBJETO QUE IBA A DEVOLVER
Llegó un caso respecto a un hombre quien encontró un objeto perdido, y una vez que sabía quien era el dueño del objeto, le robaron el objeto antes de que pueda devolverlo a las manos de los dueños, y ahora su pregunta es si acaso tiene que pagarle el objeto al dueño original o no. Y la respuesta es la siguiente.
La Guemará en Masejet Babá Metziä [29a] trae una divergencia de opinión entre Rav Yosef y Rabáh respecto a si es que una persona la cual se encuentra cuidando un objeto perdido para devolverlo, se considera un “Shomer Jinam” (cuidador no remunerado), el cual solamente tiene que pagar el objeto en caso de “Peshiä” (negligencia), o si acaso se lo considera un “Shomer Sajar” (cuidador remunerado), el cual tiene que pagar el objeto en todos los casos exceptuando un caso de “Ones” (fuerza mayor). Según Rabáh una persona que se encuentra cuidando un objeto perdido se lo considera un “Shomer Jinam” (cuidador no remunerado), dado que no le pagan por ello. En cambio según Rav Yosef una persona que se encuentra cuidando un objeto perdido se lo considera un “Shomer Sajar” (cuidador remunerado), ¿Por qué? Explica Rashi y Tosafot que por el hecho que al estar realizando una mitzváh, de “Hashavat Avedá”, queda exento de otras mitzvot – tal como lo dice la ley “Ha´ösek be´mitzváh patur min ha´mitzváh” (quien se esta ocupando de una mitzváh esta exento de otra mitzváh), y por eso si una persona necesitada le pide “tzedaká”, y la persona justo se encuentra ocupada en la mitzváh de cuidar el objeto, resulta que estaría exento de tener que dar “tzedaká”, y por ende por el hecho que al estar haciendo una mitzváh queda exento de otras mitzvot, aquello ya se considera un tipo de remuneración según Rav Yosef como para considerar a la persona que se encuentra cuidando un objeto perdido como un “Shomer Sajar” (cuidador remunerado). De todas formas, es importante saber que una persona quien se encuentra realizando una mitzváh, y al mismo tiempo puede realizar otra mitzváh, en ese caso no queda exento de la otra mitzváh, ya que es obvio que una persona la cual se encuentra con Talit y Tefilin, lo cual es una mitzváh, no queda exento de dar tzedaká y de otras mitzvot.
Respecto a cómo quedó la halajá entre la divergencia de opinión que trae la Guemará entre Rabáh y Rav Yosef, el Baäl Halajot Guedolot, Rabenu Jananel, y el Rif, decretaron la halajá como Rav Yosef, es decir, que la persona que se encuentra cuidando un objeto perdido se lo considera como un “Shomer Sajar” (cuidador remunerado), y por ende esta obligado a pagar en caso de robo o perdida, y solamente queda exento de pagar en caso de “Ones”, en cambio Tosafot decretó la Halajá como Rabáh, es decir, que una persona que se encuentra cuidando un objeto perdido se lo considera un “Shomer Jinam” (cuidador no remunerado).
Cómo halajá practica, fue decretado por Maran Ha´Shuljan Aruj [siman 267, seif 15] que si es que una persona encontró un objeto perdido y realizó “Hajrazá” (anunció que encontró aquel objeto para que los dueños puedan reclamarlo entregando signos), y no vinieron los dueños, debe guardar el objeto hasta que venga Eliahu Ha´Naví y nos revele a quien le pertenece, o puede hacer una “Shumá”, lo cual significa que puede tener uso del objeto y anotar en un cuaderno el monto del objeto y anotar que cuando sepa quien es el dueño, le debe pagar ese monto. Y en seif 16 Maran Shuljan Aruj decretó la halajá como los Rishonim que opinaron como Rav Yosef, escribiendo que todo momento en que el objeto perdido se encuentra en su poder, si es que se lo roban o se le pierde, se lo considera responsable de pagar, al igual que un “Shomer Sajar” (cuidador remunerado), quien sabemos esta obligado en pagar en caso de robo o perdida, a menos de que se trate de un caso de fuerza mayor. En cambio el Rama escribió ahí, que hay quien opina que la persona que se encuentra cuidando una perdida para devolverla se lo considera como “Shomer Jinam” (cuidador no remunerado), es decir, trayendo la opinión de Tosafot para la halajá, y sabemos que un cuidador de este tipo solamente esta obligado de pagar en caso de “Peshiä” (negligencia) pero no en caso de robo o perdida.
Por ende, por el hecho de que los Sefaradim se conducen de acuerdo a las halajot de Maran Ha´Shuljan Aruj, resulta que si es que tanto la persona quien estaba cuidado el objeto y se lo robaron, como también el dueño original del objeto, son Sefaradim, entonces la persona a quien se lo robaron deberá pagarle el objeto robado al dueño. Pero si es que ambos son Ashkenazim, entonces la persona a quien se lo robaron no esta obligado en pagarle el objeto robado al dueño.
Y si es que uno es Sefaradí y el otro es Ashkenazi, el cuidador tampoco tendría que pagar el objeto robado, dado que en caso que a quien le robaron el objeto sea Ashkenazi, le puede decir “Kim Li” al Sefaradi, lo cual significa que desea que le apliquen la ley del Rama dentro de la divergencia de opinión y exentarlo del pago, y por otro lado en caso de que a quien le robaron el objeto sea Sefaradí, el Ashkenazi posee la duda si puede cobrar ese dinero, y esa duda no le da suficiente poder como sacar el dinero que se encuentra “Mujzak” (en propiedad) del Sefaradi. Por ende, en un caso como este, no se estaría obligado en pagar la perdida.
EN RESUMEN
Si es que una persona se encontraba cuidado un objeto para devolverlo a sus dueños, y el objeto fue robado, entonces si es que tanto la persona que se encontraba cuidando el objeto como también el dueño original del objeto eran ambos Sefaradim, deberá pagarle el objeto al dueño original. Pero si es que uno de ellos era Ashkenazí, entonces no estaría obligado en pagar el objeto robado a los dueños originales.