¿Esta permitido llevar una mezuzáh colgada en el cuello como amuleto de protección?
¿Esta permitido llevar una mezuzáh colgada en el cuello como amuleto de protección?
La mitzváh de mezuzáh posee una Seguláh especial, la cual consiste en que gracias a ella Ha´Kadosh Baruj Hu cuida las puertas de las casas de Äm Israel de cualquier tipo de mal que pueda haber, tal como lo trae el Ritbah en Jidushé Ha´Ritba sobre el masejet Baba Metziä. Esta es la razón por la cual se escribe en la parte exterior de las mezuzot las tres letras “י-ד-ש” las cuales aparte de representar uno de los nombre de H´ Itbaraj, también significan ש - Shomer (guardián) ד - Daltot (de las puertas) י – Israel (de Israel).
Por ende, lo que nos gustaría analizar es respecto a utilizar una mezuzáh como amuleto de protección al llevarla colgada en el cuello, lo cual a pesar de que el Gaon Rabi Mosheh Fainshtein en su responsa Igrot Mosheh [Yoreh Deäh, tomo 2, pagina 239] trajo pruebas de ciertas autoridades halajicas que existe una seguláh para el cuidado al llevar una mezuzáh como amuleto, veremos que existen unos cuantos temores halajicos al hacerlo, por lo que explicaremos dos de los principales.
El primer punto en el cual existe lugar para temer, es que todo tipo de uso que se le de a la mezuzáh el cual sea distinto al uso para el que fue creada, en cierto modo significa un tipo de menos precio hacia la mezuzáh. Por ende basado en esto no se debe permitir darle un uso de la mezuzáh que no sea el colgarla en el marco de las puertas de la casa, tal como no comando H´ Itbaraj, pero tomar una mezuzáh para colgarla en el cuello de una persona no estaría permitido.
Se cuenta que el Gaon Maharil se opuso en permitir entregar a una persona de otro pueblo una mezuzáh, a pesar de que esta persona se trataba del gobernador de la ciudad y su intención era cuidarla en su fortaleza. Lo cual algunas autoridades halajicas quieren aprender de aquí que el Gaon Maharil opina que todo uso de una mezuzáh el cual no es con el propósito de la mitzváh, sino que solamente con el propósito de cuidado, estaría prohibido.
Sin embargo, el Gaon Yaäbetz (Rabi Yaäkov Ämdin ben Rabi Tzvi), escribió de que se puede traer prueba de las palabras del Talmud Yerushalmi que estaría permitido entregarle a una persona de otro pueblo una mezuzáh con el propósito de que la cuelgue en la puerta de su casa, siempre y cuando sepa con seguridad que aquella persona de otro pueblo cuidará el honor y el respeto de la mezuzáh, y no existe en esto ningún tipo de prohibición en lo absoluto. A pesar de que los otros pueblos no están comandados en la mitzváh de mezuzáh, de todas formas esta permitido entregarle una mezuzáh para que la utilicen como amuleto de cuidado en el marco de su puerta.
De acuerdo a esto, el Gaon Yaäbetz cuestionó las palabras del Maharil, respecto a por que prohibió darle una mezuzáh al gobernador de la ciudad quien quería cuidarla en su fortaleza.
Sin embargo, el Gaon Rabi Moshe Fainshtein en su libro explico la acción del Maharil, y escribió que en realidad el Maharil también esta de acuerdo con lo que trajo el Yaäbetz de que no hay prohibición de darle una mezuzáh a una persona de otro pueblo si es que se sabe que respetará el honor de la mezuzáh, o también que esta permitido utilizar la mezuzáh con un propósito de cuidado, como por ejemplo un amuleto. Sin embargo, la razón por la cual se abstuvo el Maharil de entregarle una mezuzáh al gobernador de la ciudad, es dado que el gobernador pidió la mezuzáh con el propósito de cuidarla en su fortaleza para que la mezuzáh cuide su fortuna que no sea robada (así escribió el Maharil). Y la verdad que no encontramos en ninguna fuente que una mezuzáh cuida de los ladrones, por ende lo que temió el Maharil es que cuando vengan los ladrones a la fortaleza del gobernador, el gobernador se enoje por el hecho que las mezuzot supuestamente no lo cuidaron, y las vaya a desechar de una forma despreciable, y por ende como sabemos que en un caso en el cual existe temor de menosprecio hacia las mezuzot se prohíbe darlas, resulta que según todas las opiniones estaría prohibido entregarle la mezuzáh al gobernador.
Es decir, de aquí aprendemos, que si estaría permitido utilizar la mezuzáh como amuleto si es que no hay temor de menosprecio.
Sin embargo, nos queda un segundo temor, dado que en la Guemará masejet Berajot [24a], dijeron nuestros sabios: “Ve´hayu Jayeja Teluim leja mi´negued”, que esto hace referencia a una persona la cual cuelga sus Tefilin. Es decir, que esta prohibido guardar los Tefilin de una forma en la cual estén colgados, dado que esto es una forma de menosprecio. Y según esto, se puede decir que también una mezuzáh estaría prohibido colgarla en una cadena.
Sin embargo, Maran Övadiah Yosef, en su libro Halijot Ölam [tomo 8, pagina 216] escribió, de que esta prohibición aplica solamente al colgar la mezuzáh o los Tefilin en un muro, o sobre un colgador u algo parecido, pero respecto a colgar una mezuzáh en el cuerpo de una persona, no habría prohibición en ello. Y trajo como prueba lo que trae la Guemará en masejet Sanhedrin [21b], que el rey de Israel se colgaba un Sefer Torah en su brazo.
EN RESUMEN
Escribió Maran Övadiah Yosef que quien desea colgar una mezuzáh en su cuello, y lo hace por motivos de Fé en busca de que lo cuide, puede hacerlo y no habría prohibición en ello.