¿Debo revisar las mezuzot en el mes de Elul?
¿Existe alguna obligación de revisar las mezuzot en el mes de Elul?
Es una obligación que toda persona revise las mezuzot de su casa dos veces en 7 años, es decir una vez cada 3 años y medio, y por el hecho de que el mes de Elul es un tiempo en donde se analizan las acciones de la persona[1], resulta que es bueno realizar esta revisión de las mezuzot de cada tres años y medio en el mes de Elul [Shuljan Aruj, Yoreh Deäh, siman 291, seif 1; Or le´Tzion, tomo 4, pagina 21].
Esta revisión no es respecto a la forma de las letras del pergamino de las mezuzot, o si es que hay letras extras o faltantes o si es que se encuentran pegadas dos letras de las mezuzot, dado que aquella revisión ya fue realizada en todo pergamino antes de que se fijen las mezuzot en el marco de la puerta, por ende, lo que en realidad se debe revisar en esta revisión es si es que se pelaron, quebraron, o borraron letras del pergamino de las mezuzot lo cual muchas veces puede suceder producto del calor y la humedad, por ende lo principal de esta revisión debe ser verificar de que las letras de las mezuzot están completas y con eso basta. Es por esto de que no hay necesidad de que toda persona envié sus mezuzot a que sean revisadas por un Sofer experto o por un computador, sino que toda persona puede revisar sus propias mezuzot a través de pasar palabra por palabra verificando de que todas las letras se encuentren completas, y frente a cualquier duda debe consultar a un experto en esta materia halajica[2] [Responsa Jatam Sofer, Yoreh Deäh, siman 283; Pitjé Teshuvah, siman 291, seif 3; Or Le´Tzion, ahí, y que así se da a entender de Rashi en Yoma 71a, y en el Rambam, Halajot Mezuzah, capitulo 5, halajá 9].
EN RESUMEN
En caso de que haya llegado el momento de revisar las mezuzot, es bueno revisarlas en el mes de Elul.
[1] El significado de Elul es buscar y analizar las acciones de la persona, tal como esta escrito en [Bamidbar 13:20]: “ve´Yaturu et eretz kenaän” (Y recorrieron y analizar la tierra de kenaän), lo cual en arameo se traduce como “vi´Alelun yat aräa” [Leket Yoshev, pagina (120)].
[2] Una mezuzáh que esta en una edificación publica se revisa 2 veces en el Yovel, es decir, una vez cada 25 años, dado que cuando se trata de algo publico no se deben aplicar decretos que signifiquen mucha molestia causando que cada persona vaya a decir que su compañero lo haga y no él mismo [Shuljan Aruj, ahí, seif 2], por ende se asume de que cada mezuzáh esta valida por un plazo de 25 años. Y esto mismo aplica en una casa que es compartida o Sinagogas, que también en esos casos basta con que se revise una vez cada 25 años, sin embargo, si es que hay una persona la cual este encargada de todo lo que tenga que ver con la administración de la edificación y lo hace bajo un sueldo, en ese caso la mezuzáh del lugar posee la misma ley que una mezuzáh individual la cual debe ser revisada 2 veces en 7 años [Jovat ha´Dar, pagina (17), nota (36)].